Hacienda y las criptomonedas en España

Tiempo de lectura: 5 minutos

Si eres uno de los afortunados que compró Bitcoin u otras criptomonedas hace un par de años y ahora has conseguido venderlos aprovechando el increíble rally que Bitcoin ha tenido en los últimos meses, pues ¡ENHORABUENA!.

Pero, cuando finalice esta primavera/verano estarás lidiando con la declaración de la renta y tu cuñad@ o el amig@ de toda la vida que ‘lo saben todo’, alimentarán tus dudas sobre la necesidad de declararlos, ¡que no cunda el pánico!.

En este artículo aclararemos todas tus dudas sobre Hacienda y las criptomonedas en España, para que te encuentres preparado.

Las criptomonedas en la actualidad

Las políticas de los gobiernos de incrementar la oferta de dinero, sobre todo con la llegada de la pandemia que ha puesto al mundo entero de rodillas, ha hecho que las criptomonedas ganen cada día más terreno, convirtiéndose en la tendencia del 2021.

Hoy en día podemos decir que cualquiera, incluso aquellos que no tenían idea de lo que eran las criptomonedas, saben qué es un bitcoin y están interesados ​​en comprarlo e ‘intentar’ invertir en este activo.

El creciente interés en las criptomonedas, junto con el creciente número de personas que desean invertir en ellas o que, simplemente, quieren probar este novedoso y revolucionario refugio de valor, ha hecho que las agencias tributarias de todo el mundo hayan comenzado a vigilarlas, con el fin de regular su uso y circulación y controlar su uso fraudulento.

Hoy en día existen casi 7.000 criptomonedas en el mercado y la mayoría de los bancos centrales de todo el mundo están ocupados en crear su propia moneda digital (CBDC), entre ellos el Banco Central Europeo ya ha anunciado el futuro lanzamiento del Euro digital.

Usos de las criptomonedas

Y bien, antes de ir al grano y explicarte si hay que declarar las criptomonedas en la próxima declaración de la renta, es importante que conozca cómo se usan.

Las criptomonedas pueden usarse como:

  • Medio de pago: el 22 de octubre de 2015, una famosa sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea consideró al bitcoin un medio de pago y no un mero título financiero.
  • Herramienta de inversión: ya que muchos usuarios, debido a su alta volatilidad, compran estos activos con la única finalidad de invertir y obtener ganancias futuras.

Pagar impuestos sobre criptomonedas
¿Qué dice la normativa?

Entonces ¿eres poseedor de criptomonedas y no sabes qué impuestos debes pagar? A continuación te explicamos qué tienes que hacer.

Hasta hoy ha habido una laguna normativa que ha dado lugar a muchas dudas sobre el tema de la fiscalidad donde, para otros tipos de transacciones, se prevén normas muy precisas, y específicas.  De hecho en la legislación tributaria española no se menciona cómo declarar bitcoins y otras criptomonedas y no existe una regulación específica.

No obstante, existen varias consultas vinculantes de contribuyentes, resueltas por la Dirección General de Tributos, relativas a la tributación de las ganancias obtenidas con criptomonedas.

  • Por ejemplo, al intercambiar una moneda virtual por otra, se produce una ganancia o una pérdida que da lugar a una alteración patrimonial y, por lo tanto, se debe incluir en la declaración del IRPF (Consultas vinculantes V808-18 y V0999-18 ).
  • Hacienda puede llegar a iniciar una investigación en caso de que detecte entradas anómalas de capitales en los depósitos bancarios y puede rastrear el intercambio de criptoactivos a euros en las plataformas de intercambio que tengan vinculadas a sus cuentas bancarias.
  • Ya existe un Anteproyecto de Reforma de la Ley de Prevención del Fraude Fiscal (que aún no ha sido aprobado) en el que se obligará a las plataformas que operan con criptomonedas a informar a Hacienda de los datos de los usuarios que realizan transacciones con criptomonedas y del importe de dichas operaciones.
  • Otro Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley de Blanqueo de Capitales obligará a las plataformas que operan con criptomonedas a registrarse en un registro público para reportar las operaciones de los clientes que puedan ser sospechosas de blanqueo de capitales.
  • Por fin, el  Plan anual de control tributario y aduanero de 2021 (BOE/1 febrero 2021) , exige la “obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas. Se prevé su incorporación al modelo de bienes y derechos en el exterior, así como el establecimiento de una obligación informativa autónoma sobre criptomonedas”. Esto quiere decir que se obligará a incluir los cripto activos en el Modelo 720.

¿Hay que declarar las criptomonedas a Hacienda?

Hay que declarar las criptomonedas

¿Entonces, tienes que declarar tus criptomonedas a hacienda?

Existen 3 posibles escenarios que hay que tener en cuenta a la hora de declarar o menos tus cripto activos a Hacienda.

Veamos a continuación cuales son:

TRANSACCIONES CON CRIPTOMONEDAS

  • He comprado 1.000 euros de Bitcoin. ¿Tengo que pagar impuestos por ello? 

Si has comprado Bitcoin o cualquier otro tipo de criptomoneda, no tienes que pagar ningún impuesto. De hecho las criptomonedas deben entenderse incluidas en el concepto de «otros efectos comerciales» ya que se considerarán divisas a todos los efectos y como medio de pago. Por lo tanto, como todas las divisas, están exentas de IVA.

  • He comprado un mining rig para extraer bitcoin y lo he pagado 0,012 BTC. Tengo que pagar el IVA?

Tratándose de un bien que lleva ya su IVA, tendrás que pagar dicho impuesto (ya sea en euros o ya sea en la criptomoneda correspondiente).

  • Soy minero y he ganado recompensas por mi actividad de minería. Tengo que pagar el IVA?

En tal caso tampoco tienes que facturar con IVA ya que las recompensas no tienen un cliente definido.

INVERSIONES CON CRIPTOMONEDAS

  • Hace 2 años compré BTC por 2.000 euros y ahora he vendido la misma cantidad ganando 16.000 euros. ¿Tengo que declararlos a Hacienda?

En este escenario, tratándose de ganancia, tendrás que declarar a Hacienda lo que has ganado al vender tus Bitcoins. Todas las ganancias o pérdidas que se obtienen de la compraventa de criptomoneda se tienen que declarar a Hacienda y pagar el IRPF correspondiente.

Si el total de tus bienes, sumado a la cantidad de dinero de criptomonedas que posees, supera una cierta cantidad (el mínimo exento depende de cada comunidad autónoma),  el contribuyente tendrá que declarar dicho valor en el Impuesto sobre el Patrimonio. 

A la hora de declarar las criptomonedas poseídas, deberás incluir el valor de las criptomonedas en el exacto momento en el que realizas la declaración del impuesto, ya que son activos muy volátiles.

En cambio, en caso de pérdida de patrimonio por inversión, podrás compensar estas pérdidas con las ganancias de otros productos invertidos de la misma categoría.

Como ya te adelanté anteriormente, una vez aprobado el  Plan anual de control tributario y aduanero de 2021 , se obligará a incluir las inversiones en criptomonedas en el Modelo 720 (declaración de bienes y derechos en el extranjero).

HERENCIA DE CRIPTOMONEDAS

  • Mi abuelo era muy vanguardista y había invertido mucho dinero en Bitcoin. Entonces, después de su muerte, me dejó Bitcoin por un valor actual de 80.000 euros. ¿Tengo que declararlos a Hacienda?

En esta situación, tratándose de una herencia, tendrás que incluirla en la declaración del ISD: Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Como has podido ver, la Agencia Tributaria cuenta con diversos medios para obtener información sobre las cuentas bancarias, las compras realizadas en los Exchanges y las compras de bienes o servicios realizadas con pagos en criptomonedas. Por esto, a la hora de declarar tus bienes, si no quieres incurrir en una multa es importante que cuentes con la ayuda de un experto en materia de fiscalidad y criptomonedas.

Si necesitas expertos en materia fiscal, no dudes en contactar con Bitnovo. Nuestro equipo de expertos te ayudará a clarificar todas tus dudas en materia fiscal para que puedas disfrutar de tus criptomonedas en total libertad y tranquilidad.

Finalmente, si quieres estar al tanto de las novedades en materia fiscal, siguenos en el blog y en las Redes Sociales.


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